INCLUSIÓN DE PANAMÁ EN EL LISTADO GRIS DEL GAFI Y SUS CONSECUENCIAS

POR: OMAYRA RÍOS AROSEMENA

 

Como es de conocimiento general, Panamá fue incluida el pasado 21 de junio de 2019, en la “Lista Gris” del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Aclaramos que dicha inclusión no significa que Panamá sea un país no-cooperador en la lucha contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo. Significa, más bien, que se trata de un país que mantiene su compromiso de cooperación, pero para la opinión del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) existen todavía deficiencias regulatorias y legislativas.

 

Que Panamá se encuentre en la “Lista Gris” no es ninguna sorpresa. De hecho, Panamá ya estuvo en esta lista en 2014 y salió en 2016.

Según el informe emitido por el Fondo Monetario Internacional (FMI), a principios de año. En ese informe se concluye que Panamá cumple solamente con 1 de las 40 recomendaciones que GAFI ha sugerido para combatir internacionalmente con el Lavado de Dinero.

 

Dicha lista incluye a tres países más de Latinoamérica (Argentina, Cuba y Nicaragua) y otros como Etiopia, Irak, Afganistán y Uganda.

 

¿Cuáles son esas recomendaciones que GAFI ha sugerido para combatir internacionalmente con el Lavado de Dinero?

 

1. Fortalecer la evaluación nacional de riesgo, incluyendo el riesgo del financiamiento del terrorismo y el delito fiscal.

2. Identificar los remitentes de dinero sin licencia, aplicando un enfoque basado en riesgo en el sector no financiero, y asegurando sanciones efectivas.

3. Asegurar la verificación y actualización de la información del beneficiario final, y fortalecer mecanismos eficaces de monitoreo de entidades offshore , evaluar los riesgos del uso indebido de personas jurídicas, y prevenir el uso indebido de accionistas y directores nominales.

4. Asegurar el uso efectivo de los insumos generados por la UAF; demostrar mayor capacidad para investigar el lavado de dinero que involucra delitos fiscales extranjeros, proporcionar mayor cooperación internacional con dicho delito; y continuar investigaciones con énfasis en áreas de alto riesgo.

 

Podemos resaltar por ejemplo que Panamá para el año 2019, ya había aprobado  una serie de leyes, para cumplir con los estándares regulatorios de los organismos internacionales como el GAFI:

1. Panamá para el año 2019, ya había aprobado y se encontraba vigente la Ley 23 del 27 de abril de 2015, mediante el cual se adoptaban medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y dicta otras disposiciones.

2. La Ley 10 de 2015 modifica y adiciona artículos del Código Penal.

3. La Ley 11 de 2015 dicta disposiciones sobre asistencia judicial internacional en materia penal.

4. La Ley 34 de 2015 modifica y adiciona artículos al Código Penal y otras disposiciones relacionadas al contrabando y defraudación aduanera.

5. La Ley 21 de 2017 adopta nuevas normas para regular los fideicomisos (Superintendencia de Bancos) y la Ley 70 tipifica la evasión fiscal como delito precedente del blanqueo de capitales y actualizó los requisitos concernientes al beneficiario final.

Comprendamos  el impacto negativo que le causa a nuestro país pertenecer a la “Lista Gris” de GAFI:

1- El principal daño, es el efecto reputacional que la medida causa ante la comunidad financiera y comercial internacional.

2- Afecta la Calificación de Riesgo del país dentro de las matrices de cualquier entidad que haga negocios con Panamá, lo cual se traduce a una formula muy simple: mayor riesgo equivale a un costo más elevado para hacer negocios con Panamá, como por ejemplo: costos extra serán la consecuencia de tener que realizar revisiones de debida diligencia adicionales, y tener que examinar con mayor profundidad todas las transacciones financieras entrantes y salientes de Panamá.

3- Impacta en la Inversión Extranjera en el país,

4- Pérdida de Corresponsalías Bancarias

 

La Inclusión de Panamá en el Listado Gris de la GAFI generó como Consecuencia que la Comisión Europea (CE) incluyó a Panamá en su lista de países terceros con deficiencias en sus estrategias contra el blanqueo de dinero y la Financiación del Terrorismo.

 

Aunque esta lista es diferente consideró igual de injusta la medida pues se basa en una evaluación independiente de la Unión Europea y no obedece a la realidad actual de Panamá. Por el contrario, esta recomendación se sustenta únicamente en la inclusión de Panamá en la lista gris de GAFI en junio de 2019. Debemos recordar que GAFI decidió incluir a Panamá basado en su evaluación del período 2017 a 2018 cuando como hemos visto Panamá, ya había aprobado una serie de leyes del 2015-2017 tendientes a cumplir con los acuerdos de cooperación.

 

De igual manera podemos destacar que los sectores financieros alternos y aquellos sectores no financieros que ya han sido identificados como sensibles al lavado de dinero, y cumplen con el marco regulatorio más exigente, implementando programas de de Cumplimiento, así como se ha dado un reforzamiento de las políticas de “Conozca a su Cliente”, que van desde monitoreos transaccional de productos y servicios, así como capacitaciones periódicas para su personal.

 

Estas acciones son solamente algunos ejemplos de las medidas que demuestran que el sector privado a mitigado los afectos de la inclusión de Panamá en la “Lista Gris” de GAFI y que a pesar de ello se mantiene una medida no acorde a la actualidad de Panamá.

 

En mi opinión el gobierno panameño ha sido muy pasivo con el tema y deben darle más importancia para lograr primero demostrar los esfuerzos realizados y segundo no podemos aceptar la injerencia extranjera siendo un Estado Soberano.

 

Es importante aclarar que la inclusión en estas listas no implica sanciones ni restricciones en las relaciones comerciales o imposibilidad de acceder a las ayudas de desarrollo. 

 

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Comentarios: 6
  • #1

    KSHWqSdC (miércoles, 23 febrero 2022 19:03)

    1

  • #2

    KSHWqSdC (miércoles, 23 febrero 2022 19:05)

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  • #3

    IPwy9HM8'; waitfor delay '0:0:15' -- (miércoles, 23 febrero 2022 19:06)

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  • #4

    KSHWqSdC (miércoles, 23 febrero 2022)

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  • #5

    KSHWqSdC (miércoles, 23 febrero 2022 19:07)

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  • #6

    KSHWqSdC (miércoles, 23 febrero 2022 19:21)

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